Beneficio para pacientes con Trastorno de Espectro Autista

A partir del mes de junio del presente año, los pacientes con Trastorno del Espectro Autista (TEA), contarán con un nuevo beneficio en salud, el cual consiste en el reembolso de hasta el 50% con tope de cinco unidades de fomento (5 UF) con cargo al Fondo de Ayuda Solidaria de Salud del Ejército (FASSE), por gasto en medicamentos mensuales y cuya condición clínica esté asociada a un cuadro de origen neurológico y/o psiquiátrico que requieran como parte del tratamiento, alguno de los medicamentos indicados en la siguiente tabla:

GrupoCanastas por principio activo
AntipsicóticosAripiprazol, Asenapina, Clozapina, Olanzapina, Quetiapina, Risperidona, Ziprasidona, Brexpiprazol, Cariprazina, Iloperidona, u otro principio activo validado por la JEAFOSALE.
Inhibidores de la recaptación de serotonina (SRI) y/o norepinefrina (IRSN) por su sigla en inglés (antidepresivos).Citalopram, Escitalopram, Fluoxetina, Paroxetina, Sertralina, Duloxetina, Venlafaxina, Desvenlafaxina, Levomilnacipran, Clomipramina, u otro principio activo validado por la JEAFOSALE.
Estimulantes y otros medicamentos para la hiperactividad.Metilfenidato, Anfetaminas, Lisdexanfetamina, Dextroanfetamina, Dextroanfetamina-anfetamina, Dexmetilfenidato, Melatonina, u otro principio activo validado por la JEAFOSALE.
AnsiolíticosBenzodiacepinas, Diazepam, Lorazepam Clonazepam, Barbitúricos, Betabloqueantes, Fármacos Z, u otro principio activo validado por la JEAFOSALE.
AnticonvulsivosBrivaracetam, Carbamazepina, Clobazam, Felbamato, Gabapentina, Lacosamida, Lamotrigina, Levetiracetam, Rufinamida, Topiramato, Ácido Valproico, u otro principio activo validado por la JEAFOSALE.

Para postular al beneficio, el paciente debe encontrarse vigente como carga familiar en el SISAE y adscrito al FASSE y previo a la remisión de boletas, la unidad a la cual pertenece el funcionario deberá remitir la siguiente documentación:

 

  • Oficio conductor referenciando el presente beneficio, el cual debe contener Nombre y Rut del titular, Nombre y Rut de la carga familiar que presenta la condición clínica.
  • Informe médico tratante, emitido exclusivamente por el neurólogo o psiquiatra tratante.
  • Informe Social, el cual debe dar cuenta de la situación familiar y específicamente del paciente (tratamientos realizados, terapias, etc.), gasto porcentual, mails del titular y del Trabajador Social tratante.
  • Planilla resumen de medicamentos (cotización conforme a formato).

Cabe destacar, que esta medida se enmarca en la implementación de la Ley TEA, una normativa que promueve la atención integral, la inclusión y la protección de los derechos de quienes viven con esta condición. Es en este contexto de compromiso social que, la JEAFOSALE a través del FASSE, ha determinado acompañar a las familias que enfrentan mensualmente un considerable gasto de bolsillo.